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Estatutos

Red de Redes de Telecentros de Latinoamérica y el Caribe

ESTATUTOS

TITULO PRIMERO:Nombre, objetivo, domicilio y duración.

Artículo Primero: Constitución

Se constituye la Red de Redes de Telecentros de Latinoamérica y el Caribe, entendiéndola como una superestructura que se crea sobre la base de las redes de promotores y/o colaboradores de Telecentros ya existentes a nivel nacional o locales, con el propósito de potenciar el trabajo que cada una de ellas realiza, mediante la facilitación del intercambio de conocimientos, comunicación y trabajo en red.

Artículo Segundo: Objetivos

Los Objetivos de la Red de Redes de Telecentros de Latinoamérica y el Caribe son: a) Articular alianzas y representar intereses de las redes de Telecentros de Latinoamérica y el Caribe ante diversos sectores y en el contexto del movimiento global de Telecentros, b) Fortalecer y facilitar la comunicación e intercambio de conocimientos entre las redes de Telecentros de Latinoamérica y el Caribe, y c) Promover la coordinación y colaboración de iniciativas conjuntas entre sus miembros para potenciar el trabajo de los Telecentros en cumplimiento de sus metas de empoderamiento y desarrollo social.

La Asamblea de Miembros podrá, en cualquier tiempo, autorizar nuevos objetivos permitidos por la legislación vigente del país Sede, pues los anteriores son enunciativos y no limitativos de las actividades de la Red de Redes.

Artículo Tercero: Principios y acciones prioritarias

La Red de Redes de Telecentros de Latinoamérica y el Caribe define los siguientes principios como rectores de su accionar:

1.      Pasión por trabajar para la reducción de inequidades y desigualdades en la región.
2.      Promover el uso y apropiación de las Tecnologías de Información y Comunicación como herramienta de desarrollo para mejorar la calidad de vida de las personas y sus comunidades.
3.      Compartir activamente experiencias, información, saberes y conocimiento.
4.      Practicar la solidaridad, confianza, generosidad y transparencia entre los miembros.
5.      Fomentar la inclusión social.
6.      Libertad de opción tecnológica.
7.      Impulsar la innovación.
8.      Promover y respetar la diversidad.
9.      Asegurar la equidad entre los miembros de la red.
10.  Aprendizaje continuo.
11.  Promover la generación de contenidos locales.
12.  Promover la participación multisectorial.

Además se identifican las siguientes acciones como prioridad:

1.         Fortalecer y difundir la red de Telecentros.
2.         Fortalecer la capacidad de los operadores de Telecentros.
3.         Apoyar la sostenibilidad de los Telecentros.
4.         Promover y apoyar la investigación sobre Telecentros.
5.         Intensificar el intercambio de conocimiento.

Artículo Cuarto: Domicilio

El domicilio de la Red de Redes de Telecentros de Latinoamérica y el Caribe será en la ciudad donde opere la Sede de la Secretaría Ejecutiva.

Artículo Quinto: Duración

La duración de la Red de Redes de Telecentros de Latinoamérica y el Caribe será indefinida.

Artículo Sexto: Disolución y liquidación

La disolución de la Red de Redes podrá ser voluntaria u obligatoria. Se considera disolución voluntaria, cuando sea acordada en Asamblea General Extraordinaria. El acuerdo deberá tomarse con el voto favorable del setenta y cinco por ciento de los Miembros Plenos que estén presentes. Se considera disolución obligatoria, cuando de oficio, o a instancia de parte,  lo disponga el ente regulador del país Sede.

Las causas de disolución y liquidación, así como sus procedimientos serán definidos por la legislación del país Sede de la Red de Redes, estos Estatutos y su Reglamento; entre ellas:

a) Por incapacidad, imposibilidad o negativa de cumplir los objetivos para lo que fue creada.
b) Por utilizar medios contrarios al marco jurídico del país Sede, a estos Estatutos y su Reglamento, y a sus principios rectores.

 

TÍTULO SEGUNDO: De la membresía de la Red de Redes.

Artículo Séptimo:Condiciones

Formarán parte de la Red de Redes quienes cumplan con las condiciones de:

1.      estar organizados en redes de Telecentros y participar como promotores/colaboradores de sus actividades.
2.      contar con un trabajo reconocido en red, con experiencia en articular Telecentros hacia objetivos comunes, y
3.      tener dentro de su misión el trabajo con Telecentros.

Se considerará la posibilidad de incorporar varias redes de un mismo país.

Artículo Octavo: Tipos de membresía

Se considerarán dos tipos de membresía: a) Los Miembros Plenos que tienen derecho a pertenecer a la Asamblea General y pueden optar a ser Consejeros o Consejeras y, por ende, Presidente o Presidenta de la Red de Redes, y b) Socios colaboradores, que pueden ser parte de la Asamblea de Miembros, con derecho a voto, pero no pueden ocupar cargos en la estructura de gobernanza. Los primeros son básicamente redes de Telecentros, que pueden incluir socios o promotores que trabajan con dichas redes. Los segundos son los que constituyen el público para la difusión estratégica de información y potenciales socios en tareas de fortalecimiento de capacidades, generación de proyectos y transferencias de recursos: financieros, asistencia técnica, e-learning, capital humano, entre otros. Además, se establece que si un Telecentro individual solicita la membresía, se le recomendará unirse a alguna de las redes miembros del país de origen.

Los potenciales nuevos miembros, cualquiera sea su tipo, deberán contar con el aval de al menos dos Miembros Plenos de la Red de Redes. La solicitud de membresía, se efectúa a través de una carta difundida por medio de la lista de distribución a la Asamblea de Miembros,  misma que puede ser vetada por algún Miembro Pleno.

Artículo Noveno: Obligaciones

Los integrantes de la Red de Redes tendrán las siguientes obligaciones: a) Compartir la misión de la Red de Redes, es decir, tener un fin social y estar comprometidos y comprometidas con la reducción de la brecha digital y desigualdades producidas por la estratificación del acceso y uso de las Tecnologías de Información y Comunicación; b) Cumplir con el presente Estatuto, el Reglamento Interno que de él se derive y las disposiciones emanadas de los órganos de gobierno de la Red de Redes, c) Contribuir al engrandecimiento y fortalecimiento de la Red de Redes y participar de las actividades que contribuyan al desarrollo de la misma.

Artículo Décimo: Retiro, suspensión o expulsión

La calidad de Miembro Pleno se pierde por:

a) Retiro voluntario o renuncia.
b) Expulsión acordada en Asamblea de Miembros por las causas establecidas en este Estatuto y su Reglamento.
c) Disolución y liquidación de la Red de Redes.

Los Miembros Plenos podrán ser suspendidos de sus derechos por las causas siguientes:

a) Falta de cumplimiento con las obligaciones contraídas con la Red de Redes.
b) No acatar las resoluciones o acuerdos emanados de los órganos de gestión de la Red de Redes o de la Asamblea de Miembros según sea el caso.
d) Negligencia en el cumplimiento de las obligaciones estatutarias, reglamentarias, resoluciones o acuerdos emanados de los órganos de gestión o de la Asamblea de Miembros según sea el caso.
e) Inasistencia sin causa justificada a tres Asambleas Generales consecutivas, a las que ha sido convocado.
f) Otros que establezca el Reglamento Interno de la Red de Redes.

Los Miembros Plenos podrán ser expulsados por las causas siguientes:

a) Reincidencia en las causas de suspensión.
b) Realizar actos contrarios a los fines de la Red de Redes que causen graves perjuicios económicos a ésta.
c) Por violación reiterada a estos Estatutos y su Reglamento.
d) Suministrar o haber suministrado a la Red de Redes datos o información falsa.
e) Otros que se establezcan en los Reglamentos Internos.

La pérdida de la membresía de la Red de Redes, de Miembro Pleno que pertenece a cualquiera de los órganos de gestión, lo hace perder inmediatamente sus funciones como miembro del respectivo órgano de gestión.

 

TÍTULO TERCERO: De la estructura organizacional y funcional de la Red de Redes.

Artículo Undécimo: Estructura

La Red de Redes contempla un Consejo Coordinador General compuesto por: a) La Asamblea de Miembros; b) El Consejo Directivo; c) La Secretaría Ejecutiva y  d) El Grupo Asesor.

Artículo Duodécimo: Dimisiones

Se considera dimitente todo integrante de algún órgano de la estructura organizacional y funcional de la Red de Redes, que habiendo sido convocado o convocada, faltase a tres sesiones consecutivas o cinco no consecutivas, sin justificación alguna en el término de un año.

 

TÍTULO CUARTO: De la Asamblea de Miembros.

Artículo Décimo Tercero: Composición

La Asamblea de Miembros es la máxima instancia de reunión, debate y decisión entre todos los miembros de la Red de Redes, tiene como fin definir las pautas estratégicas que guiarán la formulación del Plan Estratégico bi-anual. Para constituir la Asamblea de Miembros y definir membresías, cada entidad participante presentó una Carta de compromiso. El no envío de esta carta significa no formar parte como Miembro Pleno de la Red de Redes en la primera etapa. No se descarta la incorporación posterior, observando el mecanismo establecido para la agregación de nuevos miembros.

Artículo Décimo Cuarto: Funciones en el Consejo Coordinador General

La Asamblea de Miembros cumple las siguientes funciones en el Consejo Coordinador General: a) Señalar las orientaciones fundamentales que la Red de Redes buscará cumplir durante un periodo de dos años; b) Ser la instancia de rendición de cuentas anual por parte del Consejo Directivo.

Los resultados de la Asamblea de Miembros tendrán carácter vinculante y el Consejo Directivo tendrá la misión de dar cuenta de ellos en la elaboración del Plan Estratégico bi-anual.

Artículo Décimo Quinto: Reuniones

La Asamblea de Miembros deberá reunirse bi-anualmente de modo presencial y generar una agenda u orientaciones generales para el Consejo Directivo. El seguimiento al cumplimiento de la agenda definida y escrutinio al desempeño del Consejo Directivo se realizará anualmente mediante modalidad virtual.

Para la puesta en marcha de la Red de Redes, se realizará una primera reunión virtual que defina las orientaciones vinculantes para la elaboración de una agenda bi-anual por el Consejo Directivo. Se realizarán reuniones virtuales cada seis meses para discutir los avances de la Red de Redes.

Artículo Décimo Sexto: Votación

El procedimiento de votación deberá considerar que cada miembro de la Red de Redes  constituye un voto, siendo el mecanismo de decisión la fórmula de mayoría simple. La Asamblea de Miembrostendrá la potestad de solicitar una revisión general de los procedimientos y estructura de la Red de Redes. Se propone que esta potestad se haga válida cuando se cuente con una mayoría calificada del 60% de los Miembros Plenos.

 

TÍTULO QUINTO: Del Consejo Directivo

Artículo Décimo Séptimo: Funciones y composición

El Consejo Directivo es el ente rector de la Red de Redes, responsable de tomar las decisiones estratégicas que orienten su funcionamiento y desarrollo, entre ellas la formulación del Reglamento Interno de la Red de Redes que deberá consultar con la Asamblea de Miembros de la Red de Redes para su aprobación. Se integra por cinco miembros denominados Consejeros o Consejeras, quienes tienen la potestad de elegir de entre ellos y ellas a un Presidente o Presidenta que oficiará además como representante de la Red de Redes,con una duración de dos años en el cargo. Se contemplará la representación de sub-regiones y género como criterios de composición final. Los y las integrantes del Consejo Directivo tendrán carácter rotativo de tres Consejeros o Consejeras cada dos años. Los Consejeros y Consejeras deberán ser propuestos y propuestas de entre los Miembros Plenos de la Red de Redes, y ser elegidos o elegidas mediante consulta amplia a la Asamblea de Miembros. Se reunirá al menos una vez al año en modo presencial para complementar el trabajo virtual de dirección.

Los Consejeros y las Consejeras por tener una representación institucional, si se desvincularan de la organización miembro, será ésta quien proponga un reemplazante al Consejo Directivo, el cual deberá aprobar o rechazar la propuesta. El Presidente del Consejo Directivo deberá comunicar de tal situación a la Asamblea de Miembros.

Artículo Décimo Octavo: Toma de decisiones.

El proceso de decisión contempla un quórum para validar las resoluciones, considerando la participación de cuatro de los cinco integrantes del Consejo Directivo de la Red de Redes. Dado el número de actores presentes en el Consejo Directivo del Consejo Coordinador General y quórum exigido para validar las decisiones, se optará por la mayoría simple como regla para la toma de decisiones. En el caso de contar con un quórum mínimo (cuatro Consejeros y Consejeras), las decisiones se tomarán por mayoría simple o unanimidad, sin lugar a la noción y objetivos de contar con una mayoría calificada.

 

TITULO SEXTO: De la Secretaría Ejecutiva

Artículo Décimo Noveno: Funciones

La Secretaría Ejecutiva, será responsable de operacionalizar las decisiones adoptadas por el Consejo Directivo. Se trata por tanto, de un órgano gestor. Su duración es indefinida, considerando casos excepcionales en los cuales se podrá plantear su reemplazo y sometida a una revisión bi-anual. Este Secretariado estará ubicado en alguna organización miembro, la que debe contar con personería jurídica. Asimismo, la organización debe estar validada por la Asamblea de Miembros de la Red de Redes y mostrar capacidad institucional y de infraestructura para alojar la Secretaría Ejecutiva. La Red de Redes deberá considerar el pago de los costos asociados y administrativos que signifique para la organización el alojamiento de la Secretaría Ejecutiva.

Artículo Vigésimo: Autonomía y actividades

Para asegurar la autonomía de la Secretaría Ejecutiva en el cumplimiento de sus responsabilidades, se integrará por un equipo de trabajo compuesto por una persona con conocimientos en gestión de proyectos y Telecentros, asumiendo responsabilidades de tiempo completo en la Coordinación Técnica de la Red de Redes y una persona experta en comunicación organizacional, pudiendo sumar un o una Asistente de Coordinación. Este grupo de profesionales debieran incorporar conocimientos, capacidades y experiencia en el conjunto de temas involucrados en el funcionamiento de la Red de Redes. Además, solventará eficazmente las tareas permanentes en la gestión de la Red de Redes. Asimismo, conformará y monitoreará grupos de trabajo cuando sea requerida la producción de insumos específicos. Una tarea especial de la Secretaría Ejecutiva será la formulación y apoyo a la gestión de proyectos de Miembros Plenos de la Red de Redes. La demanda será regulada por el Consejo Directivo.

 

TÍTULO SÉPTIMO: Del Grupo Asesor

Artículo Vigésimo Primero: Funciones

El Grupo Asesores un ente de asesoría permanente, compuesta por actores externos a la Red de Redes y provenientes de diversos ámbitos, como universidades, cooperación internacional, empresas, organismos no gubernamentales o expertos a título individual que cuenten con reconocimiento.

Sus funciones son: a) Reflexionar, deliberar y acordar propuestas generales para el Consejo Directivo orientadas a mejorar el funcionamiento y desarrollo de la Red de Redes; b) Validar y comentar los Planes Estratégicos Anuales formulados por el Consejo Directivo, a ser implementados por la Secretaría Ejecutiva.

A diferencia de las decisiones de la Asamblea de Miembros, las del Grupo Asesor no tendrán carácter vinculante para el Consejo Directivo, sino de consulta. Para poder cumplir con sus funciones el Grupo Asesor dispondrá de una herramienta virtual concebida como espacio deliberativo.

 

TÍTULO OCTAVO: Del patrimonio de la Red de Redes.

Artículo Vigésimo Segundo: Patrimonio

El patrimonio de la Red de Redes se constituye por: a) financiamiento de donantes públicos o privados;  b) venta de servicios; c) captura de overhead; y d) otros, que el Consejo Coordinador General identifique y estén acorde a la misión y objetivos de la Red de Redes.

 

TÍTULO NOVENO:Aporte de Donantes

Artículo Vigésimo Tercero: Fuentes

El aporte de los donantes será el más relevante para la Red de Redes. En el marco de la cooperación de IDRC se obtendrán los principales recursos para financiar los gastos operativos de su constitución. Dada la importancia del tema de las Tecnologías de Información y Comunicación para el Desarrollo, debe considerarse la amplia cantidad y variedad de potenciales donantes que pueden compartir y estar interesados en apoyar los objetivos de la Red de Redes, tales como: agencias de cooperación, fundaciones privadas y empresas que proyectan su agenda de Responsabilidad Social Empresarial en estos temas. Se asegurará por esta vía entre el 70% y 80% del financiamiento de la Red de Redes.

 

TÍTULO DÈCIMO: Venta de Servicios

Artículo Vigésimo Cuarto: Tipos

La venta de servicios a terceros estará condicionada a la no competencia con la oferta de los Miembros Plenos de la Red de Redes. El éxito en la venta de servicios depende de identificar la demanda y canales para llegar a los potenciales demandantes, así como de la capacidad organizativa que se requiere para producir de forma eficaz y eficiente los servicios demandados.

Entre los servicios a ofrecer están los que apuntan a satisfacer las necesidades de los Miembros Plenos de laRed de Redes, distinguiendo los siguientes: a) capacitación y asistencia técnica, a ser financiado total o parcialmente por los y las participantes y cuyo énfasis estará puesto en la formación a distancia o e-learning; b) promoción y organización de eventos sobre Telecentros y Tecnologías de Información y Comunicación para el Desarrollo; c) certificación de Telecentros, para lo que se invertirá en el diseño de procedimientos, preparación de un sistema de evaluación y elaboración de una marca asociada  a la certificación.

 

TÍTULO DÉCIMO: Captación de Overhead

Artículo Vigésimo Quinto: Intermediación

La Red de Redes cumplirá un importante rol de intermediación entre recursos financieros externos y sus Miembros Plenos. Esta intermediación delimita el ámbito de competencia de la Red de Redes respecto de sus Miembros Plenos en términos de convergencia hacia mismas fuentes de financiamiento. La Red de Redes no debe transformarse en un competidor para sus miembros. La Red de Redes intermediará, avalará y apoyará la consecución de fondos por dos vías: gestionando fondos ejecutables por Miembros Plenos de la Red de Redes, y avalando y apoyando la postulación de Miembros Plenos a fondos de financiamiento de proyectos. En ambos casos, se contempla la captura de un porcentaje de overhead en virtud del trabajo de intermediación realizado.

Artículo Vigésimo Sexto: Principio de Involucramiento

Acerca del involucramiento de la Red de Redes en proyectos de los Miembros Plenos. Los proyectos que Miembros Plenos de la Red de Redes diseñen en conjunto procurarán incorporar a la Red de Redes y contemplar un overhead según grado de participación, que puede ir desde avalar la propuesta de financiamiento hasta participar intensivamente en la intermediación o diseño de la misma.

 

TÍTULO DÉCIMO PRIMERO: De los gastos asociados a la Red de Redes

Artículo Vigésimo Séptimo: Presupuesto

Los principales gastos asociados al desarrollo y financiamiento de la Red de Redes son: a) mantenimiento del equipo de trabajo localizado en la Secretaría Ejecutiva y costos administrativos para la organización que le brinde alojamiento; b) gastos asociados a la movilidad del equipo de trabajo y otras personas vinculadas a la Red de Redes por su ámbito geográfico de actuación y, eventualmente, fuera de ella; c) organización de seminarios, talleres u otro tipo de eventos de carácter presencial; d) fondo para la colaboración en la formulación de proyectos por parte de Miembros Plenos de la Red de Redes;  e) mantenimiento y desarrollo de infraestructura básica para la gestión de la Red de Redes: gestión de contenidos, sistemas de información y base de datos. El presupuesto de la Red de Redes será elaborado y presentado anualmente por la Secretaría Ejecutiva y aprobado por el Consejo Directivo.

 

TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO: De la Evaluación de Impacto y Procesos

Artículo Vigésimo Octavo: Modelo

La Red de Redes rendirá cuenta regularmente del avance en el logro del objetivo que justifica su existencia. La Secretaría Ejecutiva contará con un sistema que le provea continuamente de datos para guiar su labor. El modelo de evaluación combinará la evaluación de impacto y procesos.

A través del primero se busca comprender los cambios experimentados por la Red de Redes, entendido como el conjunto de efectos de mediano y largo plazo, positivos y negativos, primarios y secundarios, producidos directa o indirectamente, de forma intencionada o no intencionada. Mientras que a través del segundo se evaluará la relación entre las actividades y los productos o resultados obtenidos a través de la Red de Redes.

Las dimensiones consideradas en la evaluación de impacto son: a)Fortalecimiento y expansión de las redes nacionales: Se medirán los cambios experimentados en términos de expansión y consolidación de las redes nacionales como consecuencia de la creación de la Red de Redes, tanto los aspectos organizativos como financieros; b) Generación de capacidades en Miembros Plenos: se medirá la cobertura y calidad de los procesos de gestión de los Miembros Plenos de la Red de Redes, quienes deben demostrar cambios significativos en los resultados de sus iniciativas de desarrollo; c)Difusión: se medirá el impacto esperado de la Red de Redes en la entrega de información sobre la actividad telecentrista y la propia iniciativa.

 

TÍTULO DÉCIMO TERCERO: Miembros fundadores

Se deja constancia que los Miembros fundadores de la Red de Redes de Telecentros de Latinoamérica y el Caribe son los siguientes:

Trust for the Americas
Infoplazas AIP
Asociación Trinidad: Comunicación, Cultura y Desarrollo / Radio ViVa
Corporación Makaia Asesoría Internacional
RED TICBOLIVIA
Asociación Argentina de Teletrabajo
Cooperativa Autogestionaria de Servicios Profesionales Sulá Batsú R.L.
BiblioRedes
Centro Peruano de Estudios Sociales
Corporación Red Infodesarrollo
Asociación CONEXIÓN al Desarrollo de El Salvador
CDI URUGUAY
Red Uruguaya de Infocentros Comunitarios - RUTELCO
Associação Telecentro de Informação e Negócios - ATN
Red de Desarrollo Sostenible de Nicaragua
Fundación Taigüey
Rural Telecom SAC
CEPAL
Asociación de Telecentros Activos de Chile - ATACH
Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología - Guatemala
Colnodo

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